Caso real III: Inducción del parto con resultado de discapacidad del bebé

Retomamos la serie de casos reales con la historia de Marta cuya inducción del parto resultó en una grave discapacidad para el bebé, que padece parálisis cerebral infantil. El niño es sordo y tiene dificultades para caminar.

Cuando Marta y su marido llegaron a mi despacho, ni siquiera sabían si tenían o no caso. Su bebé tenía 6 meses. Acababan de enterarse del segundo diagnóstico de su pequeño, una parálisis cerebral leve, y estaban muy afectados. Me contaron su historia.

Llevaban mucho tiempo intentando tener hijos, y tras varias fecundaciones in vitro, habían logrado un embarazo espontáneo. Llegó la semana 41 y su ginecóloga les dijo que no había suficiente líquido amniótico, por lo que les propuso esperar un par de días, y si no se desencadenaba, inducir el parto con Propess. Así ocurrió. La pareja estaba tranquila, no avisó a nadie para vivir el nacimiento de su bebé en la intimidad. Se sentían confiados y en buenas manos.

El día D tras el ingreso, la matrona inició el procedimiento con la introducción de la cinta de Propess en su vagina. Desde el principio hubo que controlar el latido fetal, pues presentaba algunas variabilidades que monitorizar. A pesar de haber buscado un entorno respetuoso para ellos, incluso con una bañera de partos a su disposición, Marta no pudo moverse de la camilla para poder estar monitorizada todo el tiempo.

Unas 4 horas más tarde apareció por primera vez la ginecóloga y tras hacer un tacto valoró una dilatación de 2 cm. Marta no podía más. No sabía lo que era una contracción, pues desde el primer momento tuvo un dolor continuado y un intenso malestar: náuseas, vómitos, diarrea. Pidió la epidural.

La ginecóloga pautó la analgesia y la oxitocina y se marchó, dejando a la matrona al cargo. Desde ese momento, las deceleraciones en el latido del bebé fueron cada vez más preocupantes. La matrona no paraba de decir “qué poco me gusta esta gráfica” y enviar fotos de las mismas por Whatsapp, salió varias veces al pasillo para llamar a la doctora. Aun así, Marta y su marido seguían confiados y no entendieron aquello como señales de alarma. Cuando pasó todo no podían comprender lo que había pasado.

Finalmente, y visto que la ginecóloga no llegaba a tiempo, la matrona avisó a la ginecóloga de guardia que tuvo que intervenir con una cesárea de urgencia.

Marta no pudo conocer a su hijo ese día. No lloró al nacer, no se lo enseñaron. Había nacido sin latido y se lo llevaron de urgencias a neonatología. Como ella misma me dijo en nuestra primera charla “le dejaron morir en mi vientre”. Por suerte, un pediatra experimentado supo actuar para salvar la vida del bebé. El pequeño estuvo 13 días en neonatos.

Las secuelas de aquella espera innecesaria a la que le sometieron se traduce hoy en una discapacidad del 61%: necesita audífonos para escuchar, no es autónomo en la marcha, realiza múltiples terapias para paliar los efectos de la parálisis cerebral que le quedó, y tiene que medicarse para controlar la epilepsia. Si la matrona no hubiera esperado a la doctora, si hubiera avisado antes a la ginecóloga de guardia de lo que estaba viendo en las gráficas de monitorización, nada de esto habría ocurrido.

Cuando acudieron a mí les hablé de que algunas veces, en la medicina privada, las matronas demoran tomar medidas en espera de que llegue “la ginecóloga de la señora”. Hay una sentencia que lo llama «esa especia de connivencia»  por la que algunas comadronas se retraen y no toman las riendas de la situación. Por no querer dejar mal al médico se olvidan de que la salud de la madre y el bebé es lo primero y está por encima de cualquier relación clientelar. También olvidan que no van a poder escudarse en una supuesta obediencia a las órdenes médicas y van a tener que responder de los resultados.

El Tribunal Supremo, en su sentencia 759/2002, de 31 de julio, dictamina que la diligencia que le es exigible a la comadrona va más allá del mero aviso al ginecólogo, pues consiste en prestar de forma directa e inmediata a la parturienta todos aquellos cuidados “que la prudencia imponga”:

la diligencia requerida comprende no sólo los cuidados y prevenciones reglamentarios, sino además todos aquellos que la prudencia imponga para prevenir el evento dañoso […]. “

Continúa el Supremo que

La praxis asistencial de forma constante nos muestra una especie de connivencia entre ginecólogos y matronas, que sirve, no pocas veces, para que aquéllos incumplan sus obligaciones y deberes de cuidado de determinados partos en los centros asistenciales en que prestan sus servicios, y a las matronas a que intervengan, en ausencia de ginecólogos y con resultados perjudiciales para las gestantes y sus criaturas. Pueden citarse al respecto y como meros ejemplos las sentencias de la Sala Segunda de este Alto Tribunal de 5 de abril de 1995 y 27 de marzo de 2002 y de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo del mismo Tribunal Supremo de 12 de marzo de 2002 , ello sin contar de otras numerosas de diversos Tribunales y Juzgados de todo orden, cuya cita aquí resultaría ociosa e innecesaria, sobre la intervención de matronas en ausencia de médicos ginecólogos con resultados perjudiciales para la criatura o la gestante.

En nuestra opinión, esa connivencia de la que habla el Supremo se produce en la medicina privada como consecuencia de la relación clientelar médico-matrona. Es decir, por la falta de una relación contractual y de confianza directa entre usuarias y matrona.

Este caso se resolvió mediante un acuerdo extrajudicial con la compañía de seguros de la matrona y la médica, que respondieron de los daños causados al 50%.

Ha sido defendido y comentado por Francisca Fernández Guillén,

Abogada especialista en negligencias médicas


Para quien quiera saber más, aquí os dejamos este estudio sobre la profesión de matrona titulado «Configuración legal, régimen de responsabilidad y recomendaciones para el desarrollo profesional» en el que se analiza entre otras muchas cosas las relaciones interprofesionales médico-matrona:

CONFIGURACIÓN LEGAL ASSOCIACIO BALEAR DE COMARES