Caso real VIII: Condena por parálisis cerebral por mala praxis en el parto

Retomamos tras el verano la sección de Casos reales del blog. A través de estos casos pretendemos dar visibilidad a algunas de las historias que llegan a nuestro despacho, y exponer los resultados de la mala praxis en el parto y sus consecuencias para las mujeres y sus bebés. También queremos acercar la realidad de sus luchas por conseguir justicia y por lograr el reconocimiento de lo que sucedió en sus partos y la responsabilidad de quienes las atendieron.

Resumen del caso

Lorena estaba a término de un embarazo normal cuando empezó a sentir contracciones y rompió aguas. Se acercó al Hospital de Llerena-Zafra para que la exploraran y allí al ver que tenía el líquido amniótico teñido (había algo de meconio) decidieron inducir el parto.

Lo hicieron con prostaglandinas, la peor de las opciones en su caso concreto (aguas teñidas) y empezaron a monitorizar al bebé.

A pesar de que el registro indicaba un escenario de sospecha de pérdida de bienestar fetal (SPBF) no se intervino hasta tres horas más tarde cuando, contra toda evidencia científica, que aconsejaba una cesárea de urgencia, se decidió intentar un parto vaginal. Y para ello, y también en contra de toda lógica por el plano en el que estaba situado el bebé, se llevó a cabo un parto instrumental con ventosas y fórceps, así como una episiotomía para facilitar y abreviar un expulsivo que no llegó a tener lugar.

Posteriormente, en vista de la situación de extrema gravedad, la trasladaron a quirófano para la realización de una cesárea de urgencia. Y a pesar de la emergencia, se produjo una demora injustificada de media hora en la extracción de su pequeño.

Al momento del nacimiento, su bebé presentaba una encefalopatía hipóxico-isquémica grave, un hematoma subdural producido por la mala utilización de la ventosa, una hemorragia subaracnoidea, y precisó intubación, hipotermia. Además tuvo que ser trasladado al Hospital de Badajoz para su tratamiento.

Hoy en día, el pequeño, de 4 años tiene un diagnóstico de parálisis cerebral infantil mixta (espástico-distónica), no gatea, no habla, precisa de un botón gástrico para alimentarse por disfagia, no controla esfínteres y padece epilepsia.

La sensación de desatención, falta de información y las duras consecuencias que la mala praxis médica supuso para su vida y la de su familia llevaron a Lorena a confiarnos su caso.

Resolución del caso

Dado que se trataba de una actuación en el contexto de la sanidad pública, el primer paso fue la presentación de una Reclamación de Responsabilidad Patrimonial frente al Servicio Extremeño de Salud. Este trámite no culminó en un reconocimiento por parte de la Administración, pero sí por parte del Inspector del servicio que en su informe reconoce que la actuación médica no se ajustaba a la lex artis.

Cumplido el trámite de la Reclamación, se abrió la posibilidad de presentar una demanda frente a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo que tras valorar las pruebas presentadas dictó sentencia condenatoria contra el Servicio Extremeño de Salud.

En el fallo, el magistrado tuvo en cuenta tanto las secuelas causadas al pequeño como la falta de consentimiento informado para las intervenciones a las que fue sometida Lorena (inducción, episiotomía, cesárea) así como la falta de información en cuanto al estado del bebé y las posibles intervenciones (parto instrumental o cesárea) para que ella decidiera.

La sentencia, que condena en costas al Servicio Extremeño de Salud, se puede consultar aquí

Francisca Fernández Guillen es abogada especializada en salud sexual y reproductiva y negligencias médicas en el parto y socia fundadora de las organizaciones El Parto es Nuestro y el Observatorio de la Violencia Obstétrica.